SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0634/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0634/2007-R

Fecha: 23-Jul-2007

II.5.

II.5.     En la audiencia de medidas cautelares la recurrente presentó incidente de detención ilegal, que con carácter previo fue resuelto en la Resolución 387/2006 de 6 de septiembre, dictada por la Jueza recurrida señalando que uno de los ilícitos penales calificados por el representante del Ministerio Público sí contempla el mínimo de los dos años, “en ese sentido la adecuación del Art. 226 del Código de Procedimiento Penal es legal y aplicable para el representante del Ministerio Público” (sic) y respecto a que la imputada estuvo detenida por más de veinticuatro horas, tampoco es evidente, de lo que resulta que “la detención no es ilegal por el representante del Ministerio Público” (sic) (fs. 31 a 33).