Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0635/2007-R
Fecha: 23-Jul-2007
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 15 de 1 de junio de 2006, cursante de fs. 96 a 97 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; en consecuencia, DENIEGA el recurso de amparo constitucional interpuesto.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la condición para que ello ocurra, es que no se trate de Sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada
- los vocales recurridos al no haber aplicado al caso analizado la interpretación realizada por este Tribunal en la SC 0136/2003-R
- III.3.
- REVOCAR