SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2007

Fecha: 02-Ago-2007

e)

e)      Agregan que, los Directores del "Seduca" han sido designados por los Prefectos de Departamento en forma sucesiva,  desde la vigencia del régimen de descentralización administrativa, incluido el anterior Director del "Seduca" de Cochabamba, Oscar García Blanco, quien -reiteran- está sometido a un proceso administrativo interno dispuesto por el Prefecto y no por el Ministro de Educación y Culturas, con todo lo que se demuestra que este último, ha usurpado competencias del Prefecto del departamento de Cochabamba.

e)    Indica que el DS 25232 no faculta a los prefectos a realizar nombramientos directos,  por cuanto en su art. 8, se establece que esa designación está supeditada a  la selección que hace el Ministerio de Educación y Culturas  mediante convocatoria y concurso público. Asimismo, el art. 8 de la Ley de Reforma Educativa (LRE) transitorio, dispone que los directores departamentales serán seleccionados transitoriamente hasta que se  elabore el nuevo reglamento del escalafón de acuerdo a concurso de méritos y exámenes de competencia en base a convocatoria pública emanada por la Secretaría  Nacional de Educación, hoy Ministerio de Educación y Culturas, como lo reconoció la SC  0056/2006 de 3 de julio.