Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2007
Fecha: 02-Ago-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes arguyen que el Ministro de Educación y Culturas ha emitido la Resolución Ministerial impugnada sin competencia y usurpando la potestad del Prefecto del Departamento de designar a los directores departamentales del "Seduca", dado que esa facultad le está conferida por el ordenamiento jurídico, a la autoridad político administrativa de cada departamento del país. Por lo que corresponde analizar los hechos alegados y las normas aplicables al caso.
- recurso directo de nulidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- admitió
- f)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- III.2. Análisis del presente caso
- para el caso de tratarse de resoluciones, deberán estar vigentes, pues resultaría un contrasentido pretender la nulidad de un acto o resolución que no existe
- Cuando el acto o resolución denunciados de nulos, no obstante estar vigentes a la presentación del recurso, son dejados sin efecto,
- INFUNDADO