SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0769/2007-R
Fecha: 27-Sep-2007
II.2.
II.2. El correcurrente, Christian Bruun Aguilera mediante memorial de 12 de agosto de 2004 acusó la impersonería del Banco ejecutante señalando que: 1) El poder especial no especifica la facultad de apersonarse por ante el juzgado, ni el nombre de los demandados, ni la clase del juicio; 2) En el poder no se detalla, los activos, pasivos, la nómina de las carteras de crédito a recuperarse y si ellos se encuentran vencidos o en proceso de cobranza sea judicial o extrajudicial; 4) no se encuentra inserto o no acompaña el instrumento o documento por medio del cual el ex Banco Boliviano Americano S.A. dio en dación de pago los activos, pasivos, muebles e inmuebles a favor del Banco Central; 5) no se acompaña los documentos que acrediten que el Banco Central recibió bienes en pago, y entre los cuales se encuentra el crédito objeto de la causa. En el memorial de 13 de octubre 2004 el correcurrente impetró se dicte Resolución añadiendo que: 1) No consta la cesión de bienes y créditos otorgados en dación de pagos por el Banco Boliviano Americano a favor del Banco Central de Bolivia; 2) Que el poder 37/2000 es un poder general de administración de los bienes; (fs. 59 a 60; 61 a 62).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- excepto cuando el juzgador se hubiese apartado de las previsiones legales que rigen el acto procesal como de los marcos legales de razonabilidad y equidad, o cuando se hubiere omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales
- toda supuesta inobservancia o errónea aplicación de la legislación ordinaria, debe ser corregida por la jurisdicción común a través de los recursos que establece el ordenamiento; y sólo en defecto de ello, y ante la invocación de infracciones a las reglas de la interpretación admitidas por el derecho, la jurisdicción constitucional puede ingresar a verificar si la labor interpretativa desarrollada … cumplió o no con las reglas de interpretación y si a través de esa interpretación arbitraria, se lesionó algún derecho fundamental, únicos supuestos que permiten al Tribunal Constitucional realizar una verificación de la labor interpretativa de la jurisdicción común”.
- acompañar al primer estrito los documentos que demuestren su personería”.
- cuando decide hacerlo por medio de representante, a la persona que decida otorgarle tal facultad, deberá extenderle por medio de autoridad competente el poder que exija la Ley para dicho efecto, pues de no hacerlo, la personería deberá y podrá ser rechazada por el juez o tribunal que conozca el proceso.
- Fragmento 15
- III.3. El caso en análisis
- cuyo saldo deudor a capital sea igual o menor a cincuenta mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América ($us.- 50.000, 00) o su equivalente en moneda nacional por cliente”;
- Fragmento 18
- APRUEBA