Sentencia: 0896/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0896/2010-R

Fecha: 06-Oct-2010

solución genérica conscientemente diferenciada de lo que anteriormente se venía manteniendo y no como respuesta individualizada

En el caso analizado, se omitió aplicar el precedente jurisprudencial contenido en las SSCC 0818/2004-R y  0427/2006-R, pese a existir analogía de supuestos fácticos, y al contrario, se basaron en el entendimiento jurisprudencial contenido en las SSCC 0040/2003-R y 1067/2004-R, cuando, por las razones ampliamente expuestas, no eran aplicables al caso analizado. A ello debe agregarse que no existió la argumentación necesaria para explicar los motivos por los cuales se apartaban de los precedentes jurisprudenciales antes citados.

Por los fundamentos desarrollados en la presente disidencia, el Magistrado suscribiente considera que debió revocarse la determinación del Tribunal de garantías y denegarse la tutela solicitada, en virtud a que si bien existieron irregularidades en la notificación con la Resolución pronunciada por los Vocales demandados, las mismas no tienen relevancia constitucional, por no haber lesionado los derechos alegados por el actual accionante en su demanda, por lo que debió aplicarse el precedente constitucional contenido en las SSCC 0818/2004-R y 0427/2006-R.