Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1479/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.7.
II.7. Oficio de 8 de noviembre de 2007, emitido por el Presidente de la Corte Departamental Electoral de Oruro, dirigida a Virgilio Mamani Calizaya, Vicepresidente del Concejo Municipal de Soracachi, en el que da cuenta que el 23 de octubre de 2007, a horas 14:00, se constituyó en la localidad de Soracachi, a objeto de dar cumplimiento del art. 51.7 de la LM, constatando que adjuntaron los requisitos previos para la moción del voto constructivo de censura (fs. 293).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- 2)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- subsidiario porque no puede ser utilizado si previamente no se agotaron la vías ordinarias de defensa
- III.3. La reconsideración como recuso idóneo para dejar sin efecto actos y resoluciones dictados por el Concejo Municipal
- III.4. Análisis del caso concreto
- POR TANTO