SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1497/2010-R
Fecha: 06-Oct-2010
II.8.
II.8. Por nota 14/07 de 25 de octubre de 2007, José López Claure, Juez Sumariante militar elevó al Comandante de la Tercera Brigada Aérea, Ramiro Claros Delgadillo, el sumario informativo instaurado contra César Leonardo Ludeño Blanco (fs. 132). Por Auto Final de 1 noviembre del mismo año, el Comandante de la Tercera Brigada Aérea, dictó Auto de procesamiento contra César Leonardo Ludeño Blanco "por existir suficientes indicios de culpabilidad en la presunta comisión de los delitos de Injurias a superiores, Difamación y Calumnias en contra del señor Comandante General de la Fuerza Aérea Gral. Div. Aé. Luis Adolfo Trigo Antelo, tipificados y sancionados por los arts. 210, 212 y 213 del Código Penal Militar" (sic), disponiendo que el sumario informativo se eleve al Tribunal Permanente de Justicia Militar para su procesamiento (fs. 41 a 46). Con dicho Auto el recurrente fue notificado personalmente el 6 de noviembre del mismo año (fs. 40).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió la tutela
- 2)
- 3)
- 4)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- a)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. El amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 29
- Fragmento 30
- III.4. El proceso penal militar y los mecanismos de impugnación intra-proceso
- procesamiento
- por mandato de la Disposición Final Primera del CPP promulgado por Ley 1970 de 25 de marzo de 1999, éste entró en vigencia plena a partir del 31 de mayo de 2001
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- empero,