SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1509/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
Fragmento 3
Con esos antecedentes, interpone recurso de amparo constitucional contra Patricia Alejandra Ballivián Estenssoro, Presidenta Ejecutiva a.i. de la ABC y Rodolfo Joaquín Illanes Alvarado, Superintendente General a.i. del Servicio Civil; solicitando se conceda la tutela solicitada, anulando el memorándum 192 y la Resolución Presidencial 236/07 de 4 de septiembre de 2007, ambos emitidos por la Presidenta Ejecutiva a.i. de la ABC; el Auto 052/2007 de 21 de septiembre y el Auto de 3 de octubre de 2007, que ratifica el primero, ambos pronunciados por el Superintendente General a.i. del Servicio Civil; y en consecuencia, se ordene el reconocimiento de manera irrestricta de todos los derechos que le asisten como servidor de carrera, con responsabilidad civil y calificación de daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3.1.
- III.3.2. Derechos y hechos controvertidos en la acción de amparo constitucional
- III.4. Naturaleza jurídica de la acción amparo constitucional y su carácter subsidiario
- la jurisdicción constitucional sólo podrá analizar aquellos actos u omisiones demandados de ilegales que fueron reclamados oportunamente ante la vía judicial o administrativa pertinente
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.5. Recursos de impugnación para funcionarios públicos de carrera
- III.6. Sobre el derecho al debido proceso
- III.7. Derecho al trabajo
- III.8.1. Sobre la alegada calidad de funcionario público de carrera
- III.8.2. Sobre el despido sin proceso previo
- APROBAR