SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1575/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
determinación del nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado,
Ahora bien, tal como se ha expresado en el Fundamento jurídico III.3, a la luz del debido proceso, entre uno de los requisitos para que una decisión jurisdiccional cumpla con el presupuesto de motivación, esta la determinación del nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado, en esta perspectiva, se tiene que en la especie y por las partes de la sentencia transcritas y resaltadas supra, no se ha explicado y fundamentado el nexo de causalidad antes descritos, omisión que genera vulneración al debido proceso en su elemento motivación ya que no permite al justiciable -en este caso el accionante-, conocer las razones y motivos por los cuales las autoridades demandadas, no hubieran considerado en su decisión la ilegalidad o legalidad de la actuación del GML, por tanto, en aplicación de la línea jurisprudencial debidamente desarrollada, al evidenciarse la vulneración al debido proceso en su elemento motivación, la tutela debe ser concedida en relación a este derecho considerado como vulnerado.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1.1. Antecedentes que originaron el Proceso Contencioso Administrativo interpuesto por la empresa recurrente en contra del Gobierno Municipal de La Paz
- I.1.1.2 Proceso contencioso administrativo interpuesto por la empresa recurrente contra el Gobierno Municipal
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- el objeto
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- amparo constitucional”.
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales”
- a) debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado”
- Fragmento 23
- ii)
- iii)
- determinación del nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado,
- APROBAR