Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1598/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
I.3. Trámite procesal en el Tribunal ConstitucionalEn virtud a la renuncia de los Magistrados del Tribunal Constitucional, éste se quedó sin quórum que le permita la normal resolución de causas; conforme a lo dispuesto por la Ley 003/2010 de 13 de febrero, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público se designa a nuevos Magistrados, reanudándose labores jurisdiccionales y disponiéndose mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se proceda a nuevo sorteo, en el caso presente el sorteo se efectuó el 24 de agosto de 2010, por lo que esta Resolución es pronunciada dentro del plazo establecido.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- 1)
- se hará efectiva en el mismo proceso
- III.4. Análisis del presente caso
- Fragmento 20