Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
a)
Por lo anotado, interpone recurso de amparo constitucional contra Luís Costas Suárez, Director de Recursos Humanos; y, Oscar Arze Solíz, Oficial Mayor de la Cámara de Diputados, solicitando se conceda la tutela, más la cancelación de daños y perjuicios, conminando: a) La reincorporación inmediata a su cargo en la Jefatura de Infraestructura y Mantenimiento, con la remuneración conforme a la función; b) Cancelación del cien por ciento de sueldos correspondientes a los meses de junio a diciembre de 2007; y, c) Reposición y cancelación de subsidios de prenatalidad, natalidad y lactancia por las mensualidades que correspondan; y, cancelación íntegra del aguinaldo correspondiente a la gestión 2007.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. La imposibilidad de ejecutar el cumplimiento de las resoluciones constitucionales a través de una nueva acción tutelar
- para el caso de resistencia o incumplimiento, se deberá solicitar la remisión de antecedentes al Ministerio Público para el procesamiento penal de los demandados por la comisión del delito previsto en el art. 179-bis del Código Penal (CP), sin perjuicio de que el recurrente pueda pedir al Tribunal Constitucional haga cumplir su determinación imponiendo las sanciones pecuniarias correspondientes que le faculta el art. 52 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC)
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1.
- denegado
- APROBAR