Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.1.
II.1. El 24 de noviembre de 2006, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, como Tribunal de garantías, pronuncia la Resolución 025/06, concediendo la tutela solicitada por la actual recurrente, con relación a sus derechos a la estabilidad laboral, a la protección estatal de la familia y maternidad, a la defensa, ordenando su reincorporación a las funciones que venía desempeñando dentro de la Cámara de Diputados, con el reconocimiento de los derechos laborales correspondientes (fs. 121 a 123).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. La imposibilidad de ejecutar el cumplimiento de las resoluciones constitucionales a través de una nueva acción tutelar
- para el caso de resistencia o incumplimiento, se deberá solicitar la remisión de antecedentes al Ministerio Público para el procesamiento penal de los demandados por la comisión del delito previsto en el art. 179-bis del Código Penal (CP), sin perjuicio de que el recurrente pueda pedir al Tribunal Constitucional haga cumplir su determinación imponiendo las sanciones pecuniarias correspondientes que le faculta el art. 52 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC)
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1.
- denegado
- APROBAR