SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

II.2.

II.2.  Del Informe ESC. 94/07-08, emitido por el Responsable de la Sección del escalafón de la Cámara de Diputados, se evidencia: i) Mediante Memorándum 0066/07 de 10 de enero, en cumplimiento de la Resolución constitucional aludida, quedó sin efecto el memorándum 0392/06 de 19 de julio, que destituía a la recurrente de las funciones que desempeñaba; ii) Por Memorándum 001/07 de 1 de febrero, se verifica que en cumplimiento de la Resolución Ministerial (RM) 153 de 19 de abril de 2006, que aprueba la escala salarial para la Cámara de Diputados y en mérito a la Resolución constitucional “en la que determina la inamovilidad funcionaria de acuerdo a la Ley 975 de 2 de marzo de 1988 y por ya haber fenecido el beneficio respectivo” comunican a la recurrente que tiene que sujetarse a la nueva escala salarial de Bs2 000.- (dos mil bolivianos); iii) A través del memorándum 26-07-08 de 5 de junio de 2007, designan a la recurrente como portera; iv) Consta un último memorándum 0305/07 de 21 de junio, que en aplicación a los “arts. 40 y 41 inc. f)”, le comunican que a partir del 21 de junio de 2007 prescindían de sus servicios como ujier de la sección de Infraestructura y Mantenimiento (fs. 291 a 294).