SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

III.5.1.

III.5.1. Por último, si bien el art. 101 de la LTC dispone expresamente que la audiencia de amparo constitucional, no podrá ser suspendida por la incomparecencia del recurrido o del Ministerio Público, se evidencia que tanto el demandado Luis Costas Suárez, Oficial Mayor de la Cámara de Diputados, cuyo interinato habría concluido el 8 de enero de 2008 y el entonces Oficial Mayor titular de dicha función, Oscar Arze Soliz, co demandado, no efectuaron objeción alguna a la misma, la que se dispuso con la finalidad de que la accionante regule procedimiento “convocando” al codemandado, titular de la función reasumida a momento de la interposición de la acción tutelar.