SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1609/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1609/2010

Fecha: 15-Oct-2010

a)

El tercero interesado señaló que: a) La empresa maderera “Mamoré Cabrera Ltda.”, efectuó un negocio de compraventa con el recurrente después de que se adjudicó un lote de madera, fue informado a la Superintendencia del lugar al cual iba a llegar la madera, la cual fue aserrada por su empresa y se efectuó la correspondiente declaratoria ante la Unidad Operativa Local, para que envíen a un técnico a constatar el lote de madera que ingresó a su aserradero; y, b) Una vez verificada la madera, se autorizó el aserrado, por cumplida esa tarea, no pudieron venderla pese a presentar sus solicitudes reiteradamente para que se les otorgue el certificado forestal 2.