SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1617/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
III.5. Análisis del caso concreto
La Directora del Plan Regulador, emitió un informe “Respuesta Trámites OMPLA 1129/07-RDT.31/07 - OMPLA 2143/07” de 1 de agosto de 2007, que haciendo referencia a la revisión de antecedentes, indicó que no procede la indemnización o compensación a favor del accionante, al contrario que se debía completar el porcentaje de cesión al Municipio para uso público con la superficie de 268, 21 m2 o su equivalente en dinero. Formulado el Recurso de revocatoria contra dicho informe, el 27 de mismo mes y año, el Oficial Mayor de Planificación, confirma el mismo en todas sus partes y en consecuencia, el ahora accionante presenta recurso jerárquico, que es resuelto por el Alcalde Municipal del departamento de Santa Cruz, mediante Resolución ejecutiva 210/2007 de 26 de septiembre, anulando obrados hasta el vicio más antiguo y además dispone que previo a que el Municipio prosiga con el procedimiento administrativo, el accionante debía acreditar su condición de heredero de Delicia Cabral Garrido.
Impugnada la Resolución Ejecutiva 210/2010 de 26 de septiembre, este Tribunal en revisión no encuentra situación alguna que vulnere el derecho a la propiedad alegada por el accionante; es más, aún no existe pronunciamiento definitivo sobre el fondo de su petición, es decir, respecto a la compensación e indemnización que considera le corresponde por la expropiación de terrenos de propiedad de Delicia Cabral Garrido, por parte de dicha Alcaldía Municipal, al contrario, mediante la Resolución impugnada vía acción tutelar, se dispuso la nulidad de lo obrado y que con carácter previo a resolver la solicitud de reconocimiento y consiguiente pago por ese concepto, el ahora accionante acredite su calidad de heredero de Delicia Cabral Garrido.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1. Contenido del recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3.
- III.4. Sobre el derecho a la propiedad
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR