Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1622/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
II.1.
II.1. Por Sentencia de 27 de octubre de 2000, Gilberto Roca Soruco, Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social, declaró probada la demanda instaurada por el sindicato de la CPS, en representación de los trabajadores de dicha institución, ordenando que se pague a los demandantes la suma de Bs2798 549,14.- (dos millones setecientos noventa y ocho mil quinientos cuarenta y nueve 14/100 bolivianos) (fs. 12 a 15).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- serán fijados tomando en cuenta el monto del asunto o proceso si fuere susceptible de apreciación pecuniaria
- Fragmento 18
- III.3.3.
- 1º APROBAR
- 2º Disponer