SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1622/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 09 de 30 de enero de 2008, cursante de fs. 33 a 34, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Antonio Suárez Aguilar contra Johnny Vaca Diez Vaca Diez, Jorge von Borries Méndez y Limberg Gutiérrez Carreño, Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, citando al efecto los arts. 7 incs. h) y j), 32, 157 y 158 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); 7 inc. c) y 26 del Pacto de Nueva York de 16 de diciembre de 1996 y 7 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), sin mencionar los derechos y garantías supuestamente vulnerados.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- serán fijados tomando en cuenta el monto del asunto o proceso si fuere susceptible de apreciación pecuniaria
- Fragmento 18
- III.3.3.
- 1º APROBAR
- 2º Disponer