SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

I.2.1. Ratificación, modificación y ampliación del recurso

El recurrente a través de su abogado señaló que modifica en parte la demanda, dirigiendo el recurso contra Fernando Freudenthal, Presidente de la Corte Departamental Electoral de La Paz, quien emitió la Resolución 36/2007 con la cual se consumó el acto ilegal denunciado. Asimismo, indicó que modifica en sentido de que el 15 de agosto de 2007, se lesionaron sus derechos y no como figura en la demanda.

Agregó que los problemas de gobernabilidad que se dieron en el municipio de Caquiaviri, dieron lugar a la conformación de dos Concejos paralelos, cuya presidencia de uno de ellos está a su cargo, así como también se eligieron dos alcaldes uno de ellos, David Sinca Mamani, que es Concejal suplente; situación que no corresponde porque los suplentes asumen la titularidad cuando los titulares dejan sus funciones en forma temporal o definitiva, por fallo judicial ejecutoriado o ante renuncia o impedimento definitivo o por haber sido elegido alcalde el titular, lo cual no ocurrió en su caso porque nunca renunció al cargo ni se produjo impedimento alguno; sin embargo el Concejo paralelo haciendo uso de una supuesta renuncia, emitió la Resolución 03/2007 de 8 de enero, aceptando la renuncia y tramitar la titularidad de quien fuera su suplente, para luego elegir a David Sinca Mamani, lo cual motivó que presente varias quejas ante las autoridades ahora recurridas, ante la corte Departamental Electoral de La Paz, ante el Viceministerio de Transparencia y el de Descentralización, haciendo conocer que no había renunciado ni tenía la intención de hacerlo, observando que no podían sesionar el concejal titular y el suplente. Conforme al informe emitido por la Corte Departamental de La Paz de 4 de mayo de 2007, no se hizo llegar su supuesta renuncia de 8 de enero. Posteriormente, el 2 de agosto del indicado año, la Corte Departamental Electoral emitió la Resolución 36/2007 habilitando como Concejal titular a David Sinca Mamani, cuya notificación le fue practicada el 15 de agosto de 2007, no obstante que la firma que figura en la nota de la supuesta renuncia no le corresponde, conforme estableció el informe pericial y en base al cual fue imputado David Sinca Mamani, por los delitos de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado. La presentación de la supuesta renuncia no fue personal, pues no se cumplió con las reglas establecidas por el Tribunal Constitucional que son vinculantes, lo cual imposibilita validez a ese acto.