Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.8.
II.8. El 7 de marzo de 2007, el ahora recurrente denunció ante la Vice Ministra Anticorrupción, la comisión de los delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado contra los Concejales de Caquiaviri Walter Usnayo, Gladis Tarqui, David Sinca y Pascual Mancilla, señalando que fue fraguada una supuesta carta de su renuncia, con fecha 8 de enero de 2007, la cual fue utilizada para anular su condición de Concejal titular y habilitar al suplente David Sinca (fs. 27 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación, modificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- improcedente
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El amparo constitucional frente a los derechos y hechos controvertidos
- III.4. Análisis del caso concreto
- improcedencia
- APROBAR