Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1696/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.8.
II.8. Certificado decenal emitido por Derechos Reales, de 26 de febrero de 2008, del que se establece la inscripción del testimonio de la Escritura Pública 41, otorgado el 5 de julio de 1978, por el que consta la adjudicación gratuita de un lote de terreno efectuada por Antonio Maradei Nava y Sarah Montero de Maradei a favor de Nicolás Siani y Anatulia Gutiérrez de Siani, lote ubicado en la carretera Cobija Porvenir, a la altura del Km. 2, zona Manantial, con una superficie de 6 ha. 9410,75 m2, registrado bajo la Matricula 9.01.1.01.0004655 (fs. 57).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Derecho a la propiedad privada y su tutela a través de la acción tutelar
- jurisprudencia constitucional
- la jurisprudencia constitucional ha sido clara al determinar que sólo procede cuando dicho derecho está consolidado y demostrado, de tal manera que ante la controversia y falta de prueba no corresponde su tutela
- tal como consta en el Considerando II del Auto de Vista de referencia, de fs. 59 a 60 vta., “el actor manifestó que en el sector oeste de su propiedad, se sostiene un problema de falta de claridad de límites con Nicolás Sian”
- , no se ha acreditado de manera fehaciente que los demandados invadieron y avasallaron las tierras del accionante, afectando así su derecho a la propiedad privada
- no define derechos que estén controvertidos”
- APROBAR