Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1730/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión, la Resolución 053 de 11 de abril de 2008, cursante de fs. 121 a 122 y vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Miguel Angel Rios, contra Juan Gonzales Noya, Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial y Juan Carlos Guzmán Rivas, Juez Tercero de Instrucción en lo Civil, ambos del Distrito Judicial de Santa Cruz, respectivamente, alegando la vulneración de su derecho a la "seguridad jurídica", citando al efecto el arts. 7 inc. a) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- "accionante"
- "denegar"
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR