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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1731/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1731/2010-R

    Fecha: 25-Oct-2010

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    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • “improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • III.2.Términos en la presente acción tutelar
    • “accionante”
    • “conceder”
    • Fragmento 15
    • encuentra sentido cuando se tiene en cuenta que la jurisdicción constitucional no puede aguardar de manera indefinida a que el titular del derecho solicite su protección, pues en su propio interés debe ser diligente en cuanto al respeto y vigencia de sus derechos que sufren menoscabo
    • cuando no ha sido diligente en propia causa no se puede pretender que esta jurisdicción esté supeditada en forma indefinida para otorgarle protección
    • desde la notificación con la resolución o auto de vista que agota la vía
    • Fragmento 19
    • el 18 de abril de 2007
    • el 24 de octubre de 2007
    • después de cuatro meses y diecisiete días de su interposición
    • Fragmento 23
    • POR TANTO
    • 1°
    • 2°  Llamar severamente la atención

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