SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1731/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1731/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

Fragmento 23

         Por otra parte, se advierte que si bien el Tribunal de garantías evaluó correctamente los datos del proceso, denegando la tutela en virtud al incumplimiento al principio de inmediatez; la Resolución remitida en revisión, no indica expresamente las fechas que se tomaron en cuenta para realizar el cómputo de los seis meses para la interposición del amparo, aspecto que si bien fue cumplido por los miembros de la Sala Social y Administrativa en su fundamentación efectuada en la audiencia de consideración del recurso, debe estar plasmado en la Resolución que lo resuelve, en cumplimiento a la exigencia de motivación de las resoluciones judiciales, por cuanto los accionantes del recurso, demandados y terceros interesados, deben conocer expresamente los motivos de la determinación asumida dadas las consecuencias que ello conlleva.