SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1735/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
En cuanto a la actuación del Tribunal sumariante
Del análisis de la Resolución DDJ-CJ/2006 que fue dictado por el Tribunal Sumariante en el proceso disciplinario, se constata que el mismo, en el considerando III (Apreciación y valoración de las Pruebas) no cuenta con la debida fundamentación y motivación del por qué se le impone una sanción por existir faltas graves, ya que debe haber un nexo entre las pruebas que demuestre que por esa acción u omisión incurrió en la falta que se le atribuye, es decir que la resolución que se emita sea por una autoridad judicial o administrativa debe contener una decisión expresa, positiva y precisa de las cuestiones analizadas, de lo que se colige, que este fallo vulnera la observancia de normas y los reglamentos, siendo de imperiosa necesidad determinar los fundamentos y las disposiciones legales que fueron vulnerados por el accionante y no simplemente señalar dos disposiciones del procedimiento civil, que dispone el plazo de 24 horas para la remisión del expediente al Juez Superior; consiguientemente no existe la debida fundamentación y motivación, situación que amerita otorgar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- “accionante”
- Fragmento 15
- SC 0160/2010-R
- En cuanto a las garantías que lo componen
- SC 0676/2010-R
- SC 0943/2010-R
- En cuanto a la actuación del Tribunal sumariante
- Fragmento 21
- En cuanto a la actuación de las autoridades que resolvieron el recurso de apelación
- APROBAR