SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1735/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
SC 0676/2010-R
Este principio fue desarrollado en la SC 0676/2010-R de 19 de julio, señalando que: “…entendiéndose el mismo como fundamental, especialmente para el Derecho Público, pues mediante éste principio, es que el ejercicio del Poder Público, se somete al imperio de la Constitución Política del Estado y a las leyes; solo un verdadero Estado de Derecho, es respetuoso de la ley fundamental, encontrando en ellas su límite. Ningún poder público puede estar excluido del respeto y sometimiento a la Constitución.
El principio de legalidad, es cimiento de la seguridad jurídica, por ello su importancia; asimismo, su asidero constitucional en la Constitución Política del Estado actual, se encuentra en el art. 410, refrendando la supremacía constitucional como la cúspide del ordenamiento jurídico boliviano y la jerarquía normativa correspondiente, a la cual todos los órganos o poderes del Estado deben someterse. En tal sentido, el principio de legalidad, es la aplicación objetiva de la ley, propiamente dicha, a los casos en que deba aplicarse; evitando así una libre interpretación o aplicación caprichosa de la norma”.
No se ingresa al desarrollo de los alcances de la seguridad jurídica, al ser tenida en el nuevo orden constitucional como principio de la administración de justicia -art. 178.I de la CPE-; lo cual no significa que no sea exigible a que las autoridades para que actúen dentro de dicho principio, que entre otros, rige los actos de la administración de la justicia ordinaria y administrativa.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- “accionante”
- Fragmento 15
- SC 0160/2010-R
- En cuanto a las garantías que lo componen
- SC 0676/2010-R
- SC 0943/2010-R
- En cuanto a la actuación del Tribunal sumariante
- Fragmento 21
- En cuanto a la actuación de las autoridades que resolvieron el recurso de apelación
- APROBAR