SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1736/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1736/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.4.

II.4.  Una vez interpuesto el recurso de amparo, mediante memorándum 2085/07 de 22 de agosto, el Alcalde Municipal, instruyó al Director de Ordenamiento Territorial, que debido a la mora existente e interposición del recurso de amparo, en el plazo de cuarenta y ocho horas, remita un informe inventariado de los trámites concluidos, así como de los pendientes, debiendo hacer constar cuáles son los motivos para la demora. Asimismo instruyó que en el plazo de setenta y dos horas conteste y resuelva los trámites administrativos pendientes (fs. 36).