SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1770/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1770/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

a)

El recurrente, en audiencia pública, ratificó íntegramente los términos del recurso y añadiendo señaló: a) Que, al encontrarse también de imputado, solicita la tutela de su derecho a la defensa y al debido proceso, pidiendo que el juicio se desarrolle en la ciudad de Trinidad, toda vez que considera que tiene derecho a presentar e interrogar a los testigos; y, b) Todos los Jueces de Trinidad, Santa Ana y San Borja, tienen suspendida su jurisdicción y competencia, por lo que, el hecho de que la Jueza recurrida realice el juicio en la ciudad de Trinidad, no entraría en conflicto de jurisdicción o de nulidad; y hasta la fecha no conoce la causa de por qué la Jueza no va a Trinidad, en su decreto señala el art. 168 de la LOJabrg; pero esa norma no es aplicable.