SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1770/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1770/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.2.

II.2.  Por memorial presentado el 20 de diciembre de 2007, dirigido a la Jueza de Sentencia de Riberalta, el recurrente, solicita audiencia de juicio en Trinidad, argumentando que ahí se encuentran todos los testigos ofrecidos y es el domicilio de ambas partes, indicando que por esa razón, como interesado se encuentra realizando gestiones ante la Delegación Distrital del Consejo de la Judicatura; finalmente, solicita se le notifique a la parte contraria con dicha modalidad para que participe conjuntamente su persona, en los costos de transporte y estadía de la Jueza (fs. 16 y vta.); determinación que fue corrida en traslado por decreto de 3 de enero de 2008 y una vez respondida la misma por los imputados, la Jueza de Sentencia de Riberalta emite el Auto 004/2008 de 8 de febrero, mediante la cual, resolvió llevar el juicio oral, público y contradictorio en la ciudad de Riberalta, señalando para el efecto, audiencia para el 25 de marzo del mismo año (fs. 17 a 20).