SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1798/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1798/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

La autoridad recurrida, Edgar Peña Venegas, Juez Onceavo de Partido en lo Civil y Comercial, en el informe escrito que cursa a fs. 178 y vta., señalo: Que, dictó el Auto de Vista declarando ilegal la compulsa interpuesta, ya que se debe tener en cuenta el art. 595 del CPC, determina que la sentencia en los procesos; Interdictos (tramites especiales no son sumarios ni ordinarios) y de manera expresa podrán ser apelados en el plazo de tres días en efecto devolutivo sin recurso ulterior; se declaro ilegal la compulsa, toda vez que, de la verificación de obrados se tiene que los recurrentes fueron notificados el lunes 14 de enero de 2008, a horas 11:30, y apelaron el 17 del mismo mes y año a horas 15:44, o sea fuera de término, ya que el mismo se vencía el 17 de enero de 2008 a horas 11:30, y fue presentada en la tarde, o sea extemporáneamente, tomando en cuenta que los plazos para la apelación de sentencias son de momento a momento, con lo fundamentado y siendo improcedente el recurso, solicita se deniegue el amparo constitucional.