SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1809/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1809/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

concedió

Concluida la audiencia, la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, en desacuerdo con el dictamen fiscal, pronunció la Resolución AC-30/2008 de 14 de mayo, cursante de fs. 105 a 106vta., que concedió la tutela solicitada, disponiendo la nulidad de la Resolución 126/2008, debiendo la autoridad recurrida pronunciar nueva resolución debidamente motivada y fundamentada, basada en: 1) La exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones, constituye un elemento integrador del debido proceso, interrelacionado con la seguridad jurídica como garantía objetiva de aplicación de la ley, la defensa, la legalidad y el juez imparcial, sin que el juez pueda motivar su decisión en la arbitrariedad, irrazonabilidad o error, y al contrario debe verificar que los argumentos guarden relación y congruencia con el problema que se resuelve; 2) Del análisis de la Resolución 126/2008, se establece que el Juez recurrido, no efectuó una debida motivación y fundamentación con relación a los hechos que dieron lugar a la actividad procesal defectuosa formulada por la parte recurrente, así como tampoco se pronunció sobre la existencia o no del mandamiento de allanamiento reclamado; y, 3) La interpretación efectuada por el Juez de la causa al rechazar el incidente por no adecuarse a procedimiento, se basa en criterios subjetivos, tampoco efectúa una valoración de los hechos reclamados y pruebas aportadas, así como de las normas que sustentan dicha Resolución, incumpliendo lo dispuesto por el art. 124 del CPP.