Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1809/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución AC-30/2008 de 14 de mayo, cursante de fs. 105 a 106 y vta., pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de la Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Teodocia Sarzuri de Sinka contra Rolando Sarmiento Tórrez, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la "seguridad jurídica", a la defensa, al debido proceso, al juez imparcial, a la "legalidad" y a la motivación de los fallos, previstos por los arts. "7 inc. a)", 16.II y IV, "21", "116.VI" y 124 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUND
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional y su carácter subsidiario
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- el derecho a impugnar resoluciones que resuelvan incidentes al incluirse su trámite dentro de las excepciones e incidentes, dado que sujetarnos a la enunciación que hace dicho precepto, correspondería a una interpretación restrictiva
- correspondiendo en su caso hacer reserva de apelación restringida
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.5. El caso concreto