SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1812/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
concedió
La Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituido en Tribunal de garantías, pronunció el Auto 112/08 de 30 de abril de 2008, cursante de fs. 113 a 118, por la que concedió la tutela solicitada, disponiendo: i) Dejar sin efecto los Autos Supremos 572/2007 de 9 de noviembre y 44/2008 de 19 de enero, pronunciados por las autoridades recurridas; ii) El pronunciamiento de nuevas resoluciones, subsanando los defectos evidenciados en la resolución de amparo, resolviendo en primer término el incidente de extinción de la acción penal, por el transcurso del plazo de duración máxima del proceso; y, si corresponde emitan la resolución posterior pertinente al recurso de casación; iii) Dejar sin efecto cualquier otra determinación dictada con posterioridad a aquellos.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ratificación del recurso
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- Fragmento 16
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria como atribución de la jurisdicción común
- III.5. Sobre la problemática planteada
- III.5.1.
- III.5.2.
- concedido
- REVOCAR