SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1812/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1812/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III.5. Sobre la problemática planteada

Como quedó establecido en la jurisprudencia constitucional precedentemente citada, empezando del reconocimiento del hecho de que la labor de la interpretación de la legalidad ordinaria sólo puede ser revisada de forma excepcional, siempre y cuando el accionante demuestre que la mencionada interpretación se efectuó con insuficiencia de motivación, es ilegal, incongruente, absurda o ilógica, relacionándola con los derechos o garantías lesionados, debiendo también establecer qué reglas de interpretación fueron inaplicadas por las autoridades ordinarias a momento de resolver su solicitud.