SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1812/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1812/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes alegan que los derechos de su representada, al debido proceso, a la "seguridad jurídica", al acceso de la justicia, a la celeridad del proceso y a la dignidad y al honor; y, por último a su "derecho al principio de legalidad", fueron vulnerados por los Ministros, hoy recurridos, al emitir el Auto Supremo 572/2007, omitiendo efectuar una interpretación y aplicación adecuada de la normatividad jurídica, la jurisprudencia sentada y las disposiciones del Tribunal Constitucional; por otro lado, manifiestan que antes de pronunciar el Auto Supremo 44/2008 por la que dispusieron la no admisión del recurso de casación que planteó la agraviada contra la sentencia condenatoria, debieron haberse pronunciado sobre la extinción de la acción penal, puesto que, de conformidad al análisis efectuado por las autoridades recurridas en el Auto Supremo 572/2007, el plazo máximo de duración del proceso se cumplió en la fecha de pronunciamiento de esta resolución. Por último manifiesta que al haber superado el plazo para admitir el recurso de casación, de conformidad al art. 418 del CPP, las autoridades recurridas perdieron competencia. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.