SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1868/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1868/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

a)

La recurrente, por intermedio de su abogado, ratificó su recurso y reiteró los fundamentos expresados en su memorial y, amplía su recurso en base a los siguientes puntos: a) Fundamentalmente se ha vulnerado el derecho a la propiedad y no solamente a lo que se ha referido dentro de su recurso, puesto que su cliente al ser parte de la asociación  tiene todos los derechos y obligaciones que conlleva a ser miembro de ese sindicato y prueba de ello está la documental ofrecida como ser el pago de aportes mensuales, multas canceladas e inclusive el pago para la personería jurídica y; b) Señala que se refiere al derecho de propiedad, porque a su cliente se le ha manifestado en forma verbal que perdería su línea y la iban a vender tomando en cuenta que al ser socios tienen el derecho propietario de esa línea, teniendo derecho a venderla, alquilarla, más aún tomando en cuenta que ni siquiera se le iba a ser el reintegro o seguirían los conductos regulares de acuerdo a su reglamento y sus Estatutos que ellos manifiestan.