SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1868/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1868/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

se advierte que la accionante no ha demostrado el acto

         De la revisión de los antecedentes que informan la presente acción tutelar, consistentes en la documentación acompañada al recurso, así como de los informes presentados, se advierte que la accionante no ha demostrado el acto lesivo denunciado, al contrario, conforme se evidencia del acta de reunión (fs. 79 vta.), la recurrente participó de la reunión en la cual, manifestó su molestia por el análisis del poder otorgado a favor de Teófilo Paco Aguilar, indicando que renunciaba al grupo de taxis “El Fronterizo”, asimismo, el Presidente de la Asociación le solicitó a la socia que reconsidere su posición, empero, la accionante no reconsideró e hizo abandono de la sala de reunión conjuntamente con su representante.