SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1868/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, alega la vulneración de su derecho al trabajo, por cuanto fue excluida de la Asociación Expreso de Taxis “El Fronterizo” y el 1 de julio de 2008, fue excluida de dicha Asociación por no haber asistido a dos reuniones, no obstante que a la misma asistió Teófilo Paco Aguilar en su representación, siendo que en la misma le manifiestan de manera verbal que no le devolverían el monto invertido de la línea ni los aportes que realizó para la obtención de la personería jurídica, por tal motivo el 17 del mismo mes y año, elevo nota ante el Presidente de la mesa directiva, con el fin de saber su situación dentro de la Asociación, por lo que hasta el momento no recibió respuesta.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- resolución que se le comunicó de manera verbal
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- mprocedente
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 13
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- contra actos u omisiones ilegales
- III.4. Análisis del caso de autos
- se advierte que la accionante no ha demostrado el acto
- que el demandado la hubiese excluido o expulsado de dicha asociación que la mesa directiva hubiese asumido esa determinación u otros actos ilegales u omisiones indebidas que afectan sus derechos y sean atribuibles al demandado,
- improcedente
- APROBAR