SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1883/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1883/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

Las autoridades correcurridas, María del Carmen Ponce de Rocha y Virginia Rocabado Ayaviri, presentaron informe escrito cursante a fs. 40 y vta., en el que manifestaron que conforme al mandato del art. 514 del Código de Procedimiento Civil (CPC), las sentencia pasadas en autoridad de cosa juzgada se ejecutarán sin alterar ni modificar su contenido por los jueces de primera instancia que hubieran conocido el proceso. Consiguientemente encontrándose el presente caso en ejecución de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, existen actos procesales tramitados y precluidos que no pueden retrotraerse a través del recurso de apelación. En ese sentido se emitió el Auto de vista de 20 de octubre de 2007, el que no vulnera el derecho a la seguridad jurídica invocado por el recurrente.