Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1883/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 9 de abril de 2003, Yolanda Cano de Claros inició demanda ordinaria de cumplimiento de cláusula penal contra María Elena Phillips de Gómez y otro (fs. 3 a 4vta.), causa radicada ante el Juzgado Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba (fs. 4 vta.), dentro de la cual, el recurrente en representación de ambos demandados, contestó, reconviniendo la demanda principal y opuso excepción de incumplimiento de contrato, por cuanto la parte demandante no cumplió ni ofreció cumplir con su parte del contrato (fs. 7 a 9).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica y alcance de la tutela del amparo constitucional en relación a los derechos que protege
- III.4. Sobre el debido proceso y la congruencia
- 1) Derecho fundamental:
- 2) Garantía jurisdiccional:
- III.5. Las decisiones judiciales: Consideraciones sobre la cosa juzgada material y formal
- III.6. Sobre la ejecución de las resoluciones judiciales
- III.7. El caso en análisis
- APRUEBAR