SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1886/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
4)
4) Ramiro Arce Flores, propuso diligencias y pidió fotocopias, mediante el requerimiento de 5 de octubre de 2007 el Fiscal de Challapata dispuso la extensión de fotocopias legalizadas, por lo que la autoridad recurrida mediante representación, explicó al Fiscal de Materia, el 7 de noviembre de 2007, los motivos de la negativa de extensión y providenció que se cumpliera con el pago de costas; el 15 del mismo mes, se reiteró el pedido, argumentando la obstaculización de la investigación entre otros argumentos, por lo que dictó el Auto de 30 de noviembre, en el que ordenó por secretaria se expidieran las fotocopias solicitadas, previo pago de costas, afirmando que si Ramiro Arce Flores es apoderado en un proceso penal, debió presentar poder especial, que le facultaría su actuación.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- I.2.3. Pronunciamiento del Representante del Ministerio Público
- procedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el principio, valor y derecho a la igualdad
- III.4. Sobre el derecho de petición
- III.5. Sobre el derecho a la motivación y congruencia de las resoluciones
- III.6. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR