SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1909/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1909/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

3)

3) Por ser el Consejo de la Judicatura una entidad pública de derecho, sujeta en sus acciones a la Ley SAFCO y sus reglamentos, no podría por ninguna vía aceptar un pago que sobrepase el 10% del contrato, monto que para su pago, en ejecución de obra debía suscribirse un contrato modificatorio, aspecto que no fue realizado, sin embargo, el Tribunal Arbitral pretendió hacer pagar al Consejo de la Judicatura un monto superior al porcentaje indicado por concepto de gastos administrativos de la Empresa Olmedo.