SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1910/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente -ahora accionante- solicitó la tutela de su derecho a la seguridad jurídica y a la garantía del debido proceso, manifestando que fueron vulnerados, por cuanto habiéndose sustanciado un proceso disciplinario en su contra, se dictó la Resolución 3 de 2 de junio de 2005, elevada en revisión ante la Dirección Departamental del SEDUCA, instancia donde se emitieron las Resoluciones 09/2005 de 3 de agosto y 014/2005 de 17 de noviembre, disponiendo la nulidad de obrados; primero hasta la notificación con el Auto de Apertura de Término Probatorio, y después hasta que se emita nuevo Auto Inicial de Proceso; sin embargo, después de haber concluido el proceso de revisión, los miembros del Tribunal Disciplinario, por oficio de 31 de agosto de 2007, volvieron a pedir a la Dirección Departamental del SEDUCA la revisión de la Resolución 014/2005, pedido aceptado por el Jefe de la Dirección Jurídica que ilegalmente indujo al Director Departamental emitir la Resolución 04/2007 de 20 de septiembre de 2007, que anuló las Resoluciones 09/2005 y 014/2005, que ya habían causado estado, irregularidad que se agrava cuando en la indicada Resolución, se vuelve a dar vigencia a la Resolución 3 de 2 de junio de 2005. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales u omisiones indebidas, lesivas a los derechos fundamentales invocados, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- CONCEDIÓ
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Necesaria invocación del derecho considerado lesionado en las instancias judiciales o administrativas
- III.4. Análisis del caso
- otorgado
- REVOCAR