Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1915/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.2.
II.2. El 10 de mayo de 2005, 10 de mayo de 2006 y 10 de enero de 2007, el Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra, otorgó licencias de funcionamiento de actividad económica a CORHAT BOLIVIA S.A. respecto a los locales ubicados en la avenida Cañoto esquina Ingavi, avenida Viedma, calle Cuéllar y avenida Uruguay, respectivamente (fs. 36 a 39).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Legitimación activa de las personas jurídicas para interponer el amparo constitucional
- acreditar la personería del accionante
- todo poder notariado conferido por personas jurídicas de carácter comercial para tener valor y efectos legales necesariamente debe estar inscrito en el Registro de Comercio y su inscripción debe acreditarse mediante documentación original
- la inscripción en el Registro de Comercio del citado poder
- REVOCAR