SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1946/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1946/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

Fragmento 33

De lo señalado, se colige que bajo el filtro de procedencia del recurso de amparo por subsidiariedad expresado en la SC 1337/2003-R, puesto que el Juez cautelar en su proveído de 22 de febrero de 2008, solamente se limitó a disponer la notificación con carácter de conminatoria al Gerente Regional de la Aduana de Oruro bajo alternativa de ley; empero, no ha tenido la posibilidad de pronunciarse o disponer sobre el cumplimiento coercitivo de la decisión judicial, porque el accionante -parte del proceso-, no ha utilizado ni activó los medios legales para ello, omitiendo discurrir que el juez en materia penal, no actúa de oficio para asumir o determinar la imposición de medidas y medios coercitivos o astreintes, que garantizan la efectividad de las resoluciones judiciales, de donde se deduce que no se utilizaron los medios de defensa idóneos previstos en el ordenamiento jurídico; situación que hace absolutamente evidente en el caso de autos, lo que excluye el presente recurso de la excepción al principio de subsidiaridad, máxime cuando estos hechos no provocan perjuicio irremediable acreditado o reclamado en la presente acción, por lo que corresponde la denegatoria del la acción planteada.