SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1946/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1946/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

I.2.1. Ratificación del recurso

El representante del recurrente ratifica “in extenso” el memorial de amparo, haciendo énfasis en los argumentos ya esgrimidos en el recurso de amparo, pidiendo que se declare procedente el recurso en vista de que se ha agotado la vía jurisdiccional ordinaria, se ordene la entrega de la mercadería consignada en el acta de intervención.