SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1975/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
Fragmento 2
El 29 de marzo de 2008, tuvo lugar la Asamblea General Ordinaria de los socios de la Asociación de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “Mutual Potosí” conforme lo establece el art. 13º de su Estatuto, que dispone que en esa Asamblea deben tratarse exclusivamente los siguientes puntos: a) Consideración la situación patrimonial, del estado de ganancias y pérdidas, de la memoria anual, del informe fiscalizador interno. Dictamen de Auditoría externa correspondiente al periodo anual que terminaba el 31 de diciembre de 2008; b)Elección de Directores titulares y suplentes y Fiscalizador Interno que hubieran cumplido su periodo; y, c) Elección de dos asociados asistentes para la firma del acta, más el Presidente y el Secretario.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- que esta Superintendencia de Bancos no tiene facultades jurisdiccionales para resolver estos incidentes”.
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- Fragmento 6
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción amparo constitucional
- III.4. En cuanto al debido proceso
- III.5. Estatuto de la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo “Potosí”
- Asamblea Extraordinaria.
- Fragmento 20
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR