SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1975/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión de la Resolución 012/2008 de 14 de agosto, cursante de fs. 190 a 192 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Jaime Alfonso Urioste Mendoza, Gastón Caviedes Salinas, Rodolfo Gonzáles Ramallo y Eustaquio Campos Alcázar, Directores de la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo “Mutual Potosí” contra Alicia Varinia Torrico Sarabia, Arturo Paredes, Agustín Vera Duarte, Juan Carlos Durán y Edson Héctor Salazar Benítez y Wilfredo Cortéz Loayza, Directores y Gerente General de la misma Asociación, respectivamente; alegando la vulneración de sus derechos a la dignidad, a la “seguridad jurídica”, a la defensa y al debido proceso, citando al efecto los arts. 6.II, 7 inc. a) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- que esta Superintendencia de Bancos no tiene facultades jurisdiccionales para resolver estos incidentes”.
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- Fragmento 6
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción amparo constitucional
- III.4. En cuanto al debido proceso
- III.5. Estatuto de la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo “Potosí”
- Asamblea Extraordinaria.
- Fragmento 20
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR