SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1975/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.3.
II.3. El 12 de marzo de 2008 y el 15 de marzo del mismo año, mediante publicación en el diario de circulación “El Potosí”, la “Mutual Potosí” convocó a sus asociados a la Asamblea Anual Ordinaria, a efectuarse el sábado 29 de ese mes y año, con el siguiente orden del día: a) Consideración del Estado de situación patrimonial, del estado de ganancias y pérdidas, de la memoria anual, del informe fiscalizador interno. Dictamen de Auditoría externa correspondiente al periodo anual que terminaba el 31 de diciembre de 2008; b)Elección de Directores titulares y suplentes y Fiscalizador Interno y c) Elección de dos asociados asistentes para la firma del acta, conjuntamente el Presidente y el Secretario (fs. 33 y 34).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- que esta Superintendencia de Bancos no tiene facultades jurisdiccionales para resolver estos incidentes”.
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- Fragmento 6
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción amparo constitucional
- III.4. En cuanto al debido proceso
- III.5. Estatuto de la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo “Potosí”
- Asamblea Extraordinaria.
- Fragmento 20
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR